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Ley de Transparencia. 2021. INFORMACIÓN FACILITADA POR GRAN KARTING CLUB, SOCIEDAD LIMITADA, POR LA LEY 12/2014, DE 26 DE DICIEMBRE, DE TRANSPARENCIA Y DE ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA

SUMARIO:
Introducción
 I.- Información institucional y organizativa
   1.  Funciones desarrolladas por la Sociedad
   2.  Normativa aplicable
   3.  Estructura organizativa

II.- Información económica
1. Subvenciones y ayudas públicas
2. Cifras más representativas de la explotación en 2021
3. Cuentas anuales e informes de auditoría
Conclusiones

Introducción

La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, adecúa a la Comunidad Autónoma de Canarias la Ley estatal 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno; a la vez que desarrolla la publicidad de información, que puede suministrarse por el obligado de forma presencial, internet o telefónicamente.

Si bien ambas leyes regulan esencialmente a las administraciones públicas, el art. 3 de la Ley canaria señala como sujetos obligados a las entidades privadas que perciban ayudas o subvenciones en una cuantía superior a 60.000 euros, aclarando expresamente que en todo caso, la exigencia de publicidad de la información que pueda establecerse respetará la naturaleza privada de las entidades.

El art. 9 de la Ley 12/2014 obliga a las entidades privadas a habilitar diferentes medios para facilitar el ejercicio del derecho de acceso a la información, y el art. 12 especifica que los órganos a los que estén adscritos deberán emitir un informe sobre el grado de aplicación de la normativa. Por último, el art. 13 las obliga a publicar la información cuya divulgación resulte de mayor relevancia para garantizar la transparencia de su actividad, pudiendo además difundir a través de sus páginas web toda la información que consideren relevante.
En síntesis, que a pesar de no haberse desarrollado la obligación de información que en cuanto a transparencia incumbe a las entidades privadas, cierto es que las que han recibido ayudas por importe superior a 60.000 euros han de proporcionar una información mínima sobre las ayudas recibidas y la finalidad a la que se han aplicado.
En cumplimiento de esta obligación de transparencia se proporciona la siguiente información.

I.- INFORMACIÓN INSTITUCIONAL y ORGANIZATIVA
I.1.- Funciones desarrolladas por la entidad
GRAN KARTING CLUB, SOCIEDAD LIMITADA se constituyó el 14 de mayo de 1984 en escritura pública autorizada por el notario que fue de Las Palmas de Gran Canaria D. Manuel Alarcón Sánchez, bajo el número de protocolo 1232, con la denominación ‘‘GRAN KARTING CLUB, SOCIEDAD LIMITADA’’.
Tiene su domicilio social y fiscal en el kilómetro 46, de la carretera 812 de Las Palmas a Mogán, en el término municipal de San Bartolomé de Tirajana.
En el artículo 2º de sus Estatutos se establece el objeto social: El arrendamiento de toda clase de vehículos tipo ‘‘KART’’ y otros modelos; la explotación de máquinas de entretenimiento y recreativas; la explotación y desarrollo de industrias de Bares y Restauraciones.

I.2.- Normativa aplicable
– Ley 12/2014 de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.
– Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.
– Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
– Estatutos Sociales de la entidad.

I.3.- Estructura organizativa
El órgano máximo de decisión de la Sociedad es la Junta General, que se reúne al menos una vez al año. Como órgano ejecutivo actúa su administrador único, don José Luis Chicharro Soria, quien a su vez coordina y dirige la actividad y a los trabajadores de la entidad.
El personal afecto a la realización del objeto social son 7 trabajadores, de los que 5 son fijos y dos eventuales.

II.- INFORMACIÓN ECONÓMICA
Dado el carácter de entidad privada y la naturaleza de las actividades que realiza, la Sociedad no tiene contratos ni convenios suscritos con administraciones públicas para el desarrollo de su actividad principal más allá de los que la legislación en materia de industria aplicable señala respecto a la Consejería de Turismo, Industria y Comercio del Gobierno de Canarias, Cabildo de Gran Canaria y Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.
Es por ello que la información más relevante que se ofrece en este apartado es la relativa a las subvenciones y ayudas públicas recibidas, su finalidad, y una sucinta descripción de las cifras de facturación y resultados en 2021.

II.1.- Subvenciones y ayudas públicas
De conformidad con el art. 3 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, se relacionan las ayudas y subvenciones públicas concedidas a GRAN KARTING CLUB, SOCIEDAD LIMITADA, con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios:
– ¨Línea Covid de ayudas directas a personas autónomas y empresas¨, prevista en el Título I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, de medidas extraordinarias de apoyo a la solvencia empresarial en respuesta a la pandemia de la COVID-19, financiada por el Gobierno de España.
Línea 2: Personas autónomas (empresarias o profesionales), empresas y grupo de empresas cuyo volumen de operaciones anual declarado o comprobado por la Administración en el IGIC y, en su caso, en el IVA en 2020 haya caído más de un 30% con respecto a 2019. Por una cantidad que asciende a 118.900,00 euros.
– Subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas, de los sectores más afectados por la crisis derivada de la covid-19, reguladas por el Decreto-Ley 2/2021, de 1 de marzo.
Línea 2: Subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas con asalariados. Por una cantidad de 18.549,00 euros.
– Subvenciones destinada a paliar el impacto económico derivado de la crisis sanitaria producida por el covid-19 en trabajadores autónomos y pymes de determinadas actividades económicas de la isla de gran canaria, por importe de 2.500,00 euros.
Las ayudas recibidas se afectaron en su integridad a la actividad descrita en su objeto social, concretamente al pago de proveedores y a incrementar la liquidez disminuida por las pérdidas sufridas durante la pandemia.

II.2.- Cifras más representativas de la explotación en 2021
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y acceso a la información pública, se relacionan las cifras más relevantes de las actividades desarrolladas en 2021

En el Registro Mercantil de Las Palmas están depositadas las cuentas anuales de 2021, en las que se proporciona más información económica y la Memoria correspondiente. Dichas cuentas son públicas y una copia de ellas está a disposición de quien las solicite en dicho Registro.

II.3.- Cuentas anuales e informes de auditoría
La Sociedad no está obligada a auditar sus cuentas. No obstante, en cumplimiento de las obligaciones impuestas por la concesión de ayudas Covid-19, en la justificación del importe de las ayudas recibidas al Gobierno de Canarias acompañó un “Informe Auditor de Cuenta justificativa de subvención” suscrito el 15 de marzo de 2022 por don Alberto Padrón Rivas. En él se dice que:
En conclusión, como últimas consideraciones a destacar en el alcance de nuestro trabajo, se manifiesta a continuación lo siguiente:
Hemos verificado la naturaleza, cuantía y características de los gastos, y que se corresponden al fin el que se concedió la subvención, de acuerdo con lo estipulado en la resolución de concesión y cumplen con la correspondiente normativa, por lo que son considerados subvencionables.

Asimismo, se ha podido verificar que la beneficiaria conserva los justificantes originales, y que reúne los requisitos para la obtención de la ayuda, así como que ha cumplido con la finalidad y condiciones impuestas con motivo de la concesión.
Por lo tanto, concluimos en este sentido que se ha verificado que los gastos e inversiones son elegibles, admisibles y están dentro del periodo de elegibilidad, de acuerdo con los criterios establecidos. Hemos podido verificar, con los requisitos establecidos por la normativa, el cumplimiento a lo establecido sobre medidas de información y publicidad.
En definitiva, hemos podido verificar el respeto a la normativa comunitaria, nacional y autonómica.

Conclusiones
A efectos del cumplimiento de la Ley de Transparencia, y a falta de su desarrollo reglamentario, los responsables de la entidad entienden que la información suministrada satisface la normativa aplicable a las entidades privadas que han recibido ayudas o subvenciones superiores a 60.000 euros en 2021.

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